1. Se entenderá por comunicación pública todo acto por el cual una pluralidad de personas pueda tener acceso a la obra sin previa distribución de ejemplares a cada una de ellas.
Sea a fragmentos o no, se da acceso a una pluralidad de personas a la obra, sin permiso...
Se da acceso, pero distribuyendo ejemplares. Comunicación es cuando no se distribuyen ejemplares, sino que se exhibe un único ejemplar (representación teatral, cine, concierto, exposición, etc). Si fuera comunicación pública, al terminar ésta los espectadores no seguirían teniendo acceso a la obra. En cambio, con el FTP cuando termina la "comunicación" cada "espectador" tiene una copia en su casa. Has distribuido ejemplares.
La única definición que hubiese podido encajar es la de distribución (art. 19), de ahí que me haya centrado en ella. Pero no encaja porque no cumple el requisito de que lo que se distribuye sean copias [buscon.rae.es]. Llámalo tecnicismo, pero es lo que hay :)
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Hay que desenseñar a desaprender cómo se deshacen las cosas.
Re:Buena pregunta
(Puntos:1)( http://barrapunto.com/ )
Se da acceso, pero distribuyendo ejemplares. Comunicación es cuando no se distribuyen ejemplares, sino que se exhibe un único ejemplar (representación teatral, cine, concierto, exposición, etc). Si fuera comunicación pública, al terminar ésta los espectadores no seguirían teniendo acceso a la obra. En cambio, con el FTP cuando termina la "comunicación" cada "espectador" tiene una copia en su casa. Has distribuido ejemplares.
La única definición que hubiese podido encajar es la de distribución (art. 19), de ahí que me haya centrado en ella. Pero no encaja porque no cumple el requisito de que lo que se distribuye sean copias [buscon.rae.es]. Llámalo tecnicismo, pero es lo que hay :)
Hay que desenseñar a desaprender cómo se deshacen las cosas.