por
pobrecito hablador
el Domingo, 19 Junio de 2005, 09:29h
(#532781)
Artículo 19. Distribución.
1. Se entiende por distribución la puesta a disposición del público del original o copias de la obra mediante su venta, alquiler, préstamo o de cualquier otra forma.
Si tu lo pones en un FTP, de acceso libre y gratuito, no lo estas vendiendo, ni alquilandolo ni prestandolo, lo estas COMPARTIENDO o REGALANDOLO, y que yo sepa, si tu compras un CD original, tienes derecho a regalarlo y a compartirlo.
;-)
En algunos paises, si esta prohibido, pero no solo por FTP sino por P2P, el caso mas sonado, EEUU y desde hace poco creo que Suiza :-(
Se te ha pasado lo de "o de cualquier otra forma". Eso incluye compartir y regalar, me temo.
Otra cosa es que si compro un CD y lo regalo o comparto entre mis amigos, eso no es ponerlo "a disposición del público". Claro que tengo derecho.
Pero cuando mis "amigos" son todos los internautas conectados a Razorback2 con el emule (decenas de miles, creo), pues me imagino que eso sí que un juez lo consideraría poner a disposición del público. Y a eso sólo tengo derecho si me autoriza el autor de dicho CD. Eso dice la LPI.
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Hay que desenseñar a desaprender cómo se deshacen las cosas.
Observacion
(Puntos:0)1. Se entiende por distribución la puesta a disposición del público del original o copias de la obra mediante su venta, alquiler, préstamo o de cualquier otra forma.
Si tu lo pones en un FTP, de acceso libre y gratuito, no lo estas vendiendo, ni alquilandolo ni prestandolo, lo estas COMPARTIENDO o REGALANDOLO, y que yo sepa, si tu compras un CD original, tienes derecho a regalarlo y a compartirlo.
;-)
En algunos paises, si esta prohibido, pero no solo por FTP sino por P2P, el caso mas sonado, EEUU y desde hace poco creo que Suiza :-(
Regalar "al público" tampoco es legal
(Puntos:1)( http://barrapunto.com/ )
Otra cosa es que si compro un CD y lo regalo o comparto entre mis amigos, eso no es ponerlo "a disposición del público". Claro que tengo derecho.
Pero cuando mis "amigos" son todos los internautas conectados a Razorback2 con el emule (decenas de miles, creo), pues me imagino que eso sí que un juez lo consideraría poner a disposición del público. Y a eso sólo tengo derecho si me autoriza el autor de dicho CD. Eso dice la LPI.
Hay que desenseñar a desaprender cómo se deshacen las cosas.