por
pobrecito hablador
el Domingo, 19 Junio de 2005, 17:14h
(#533055)
Articulito 18 de la mentada ley de propiedad intelectual:
Se entiende por reproducción la fijación de la obra en un medio que permita su comunicación y la obtención de copias de toda o parte de ella.
Si ahora vamos al articulillo que define la distribucion leemos:
1. Se entiende por distribución la puesta a disposición del público del original o copias de la obra mediante su venta, alquiler, préstamo o de cualquier otra forma.
¿Desde cuando los que usamos p2p somos el publico?
¿venta,alquiler,prestamo? yo ni vendo,ni alquilo,ni presto...
¿o de cualquier otra forma? ---- lease inseguridad juridica muy gorda ----
Y ya para terminar, las normas forman parte de un sistema y en el sistema donde esa norma tiene validez hay una norma llamada Constitucion española que en su articulo 44 dice:
1. Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho.
No les quiere entrar en la cabeza que es legal
(Puntos:1, Informativo)Se entiende por reproducción la fijación de la obra en un medio que permita su comunicación y la obtención de copias de toda o parte de ella.
Si ahora vamos al articulillo que define la distribucion leemos:
1. Se entiende por distribución la puesta a disposición del público del original o copias de la obra mediante su venta, alquiler, préstamo o de cualquier otra forma.
¿Desde cuando los que usamos p2p somos el publico?
¿venta,alquiler,prestamo? yo ni vendo,ni alquilo,ni presto...
¿o de cualquier otra forma? ---- lease inseguridad juridica muy gorda ----
Y ya para terminar, las normas forman parte de un sistema y en el sistema donde esa norma tiene validez hay una norma llamada Constitucion española que en su articulo 44 dice:
1. Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho.