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  • Re:Jugando con los conceptos

    (Puntos:5, Informativo)
    >El allanamiento de morada es ilegal.
    Él se ha adentrado en tu morada para hacer uso de tu conexión telefónica.

    El allanamiento de morada consiste en entrar o permanecer, físicamente, en la morada de otra persona real o jurídica y en contra de la voluntad de ésta (artículos 202 al 204 del Código Penal). Ni el vecino entra en la casa de este sujeto, ni accede a la conexión "en contra de su voluntad", así que nadie está allanando nada.

    >Esta utilizando un servicio por el cual no ha pagado y sin permiso del propietario.
    Está robando y si aún continúa haciéndolo, es reiterado.

    No está robando. Hurto y robo se aplican a bienes muebles. Lo que hace, sin embargo, es delito, aunque entraría dentro de "defraudación de fluido eléctrico y análogos" (Sección III, artículos 255 y 256), y siempre y cuando se haya gastado más de 400 €. Al precio de las conexiones actuales, eso es casi un año chupando ininterrumpidamente de la wireless.

    >Dicen que si lo estás escuchando haces algo ilegal.
    Falso. Si tú estás oyendo a tus vecinos a través de las paredes es LEGAL y, justamente, lo estás leyendo en tu vivienda.

    Cito:

      Artículo 197.
      1. El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales o intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.
      (...)
      4. Si los hechos descritos en los apartados 1 y 2 de este artículo se realizan por las personas encargadas o responsables de los ficheros, soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, archivos o registros, se impondrá la pena de prisión de tres a cinco años, y si se difunden, ceden o revelan los datos reservados, se impondrá la pena en su mitad superior.
      5. Igualmente, cuando los hechos descritos en los apartados anteriores afecten a datos de carácter personal que revelen la ideología, religión, creencias, salud, origen racial o vida sexual, o la víctima fuere un menor de edad o un incapaz, se impondrán las penas previstas en su mitad superior.

    (La negrita es mía).

    Has puesto una conexión inalámbrica abierta *a propósito* para que la gente la use y así puedas cotillear. Estás usando software específico para espiar las conversaciones MSN de tu vecino (con sentarte al lado del PA no creo que puedas leer los paquetes.. lo digo por lo de "escuchar por la pared"). Y además es información muy personal.
    Mi consejo: a tu vecino no le pueden hacer nada y a ti te pueden caer, en caso de denuncia y juicio, 4 años y un huevo de pasta en indemnizaciones.

    Por tanto, me uno a la plataforma "ERES UN CAPULLO" y te aconsejo que dejes de serlo.

    Y respecto al "listo" al que estoy respondiendo... te has lucido.

    [ Padre ]
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    Total marcador:   5  
  • Solo una cosuca:

    "Hurto y robo se aplican a bienes muebles"

    No, no, vamos a ver, que si eso es cierto mi mundo se viene abajo. ¿Porqué cuando veo los anuncios y panfletos esos sobre la piratería que dicen que cuando la ejerces estás robando? ¡Si no son bienes inmuebles! ¡So falso! ¿Porqué iban a mentir esas bellísimas personas que colaboran desinteresadamente para que yo pueda paladear nuestro rico estofado cultural? ¿Acaso tu eres de aquellos injustos bucaneros modernos que atentan gustosos contra la propiedad intelectual? Seguro que tu también te quejas del canon sobre los CD y DVD, que todos sabemos que se destina a comprar pisos y a dar de comer a los pobres artistas que se encuentran en horas bajas. ¡Maldito! ¿Acaso quieres el fin de la cultura? ¿Que harías tu en un bar un sábado sin escuchar reggaeton, el máximo exponente cultural del momento? ¡malditos seais, piratas partidarios del software libre, expoliadores de la propiedad privada!
    (Perdón por el OT, pero no podía contenerme. Nótese también la profunda ironía del comentario. Por cierto, al del post padre, gracias por ese peazo comentario.)
    [ Padre ]
  • Estás poniendo un ejemplo equivocado, ya que tú no eres el destinatario original. Si lo quieres con cartas, te lo pongo con cartas...

    Es como si a tu moto le colocas una caja (como los vespinos de Telepizza) y en ella escribes MI CORREO. Usarás el vespino con la caja para llevar todas tus cartas desde tu casa al buzón más cercano. A continuación dejas el vespino en la calle con la caja abierta *a propósito* para ver si algún listo echa también sus cartas; efectivamente, tu vecino coje sus cartas y las mete en la caja, de tal forma que junto a tus cartas, echarás también las suyas al buzón.
    Entonces tú te dedicas a coger sus cartas (con remite tu vecino y remitente una persona que no eres tú), abrirlas y leerlas, para acto seguido volver a cerrarlas y echarlas al buzón.

    La caja es el punto de acceso abierto, el vespino es la conexión, las cartas los paquetes de las conversaciones del MSN, tú eres tú y el vecino es el vecino. Tu vecino no entra a tu casa, no te roba el vespino ni te impide su uso para llevar tus propias cartas - simplemente se aprovecha de tu "conexión" para llevar las suyas. Ya hemos dicho que sí, que ésto es delito; pero es que tú estás abriendo y leyendo sus comunicaciones personales sin su permiso, lo cual es muuucho más grave.
    Que las cartas estén en tu vespino no te da derecho a abrirlas, lo correcto es devolvérselas a tu vecino y ponerle llave a la caja, o decirle que no se aproveche, o directamente tirar las cartas por ahí y punto.

    La curiosidad mató al gato y metió en la cárcel al capullo xD

    [ Padre ]
  • por sergi0 (17361) el Lunes, 13 Junio de 2005, 07:58h (#526660)
    No, no es responsable de los delitos de su vecino. Y él mismo no estará cometiendo ningún delito mientras no utilice de alguna forma la información obtenida. Sí que será un delincuente (sin entrar en valoraciones de si es un capullo o no) en el momento que saque alún tipo de provecho o cause algún perjuicio al espiado (ya sea para chantajearle, publicarlo, burlarse de él delante de sus vecinos, liarse con la mujer del vecino,... etc)
    [ Padre ]
  • por Lou (20236) el Lunes, 11 Julio de 2005, 11:18h (#548672)
    Yo no entiendo nada de conceptos legales ni nada por el estilo, pero creo que no puedes denunciarme por usar tu agua si, por no regular tu manguera, estás regando mi jardín cada vez que riegas el tuyo, ¿no? Sí, el agua sale de tu mangera, que está conectada a tu contador y el agua la pagas tú, pero está cayendo en mi jardín. Si no quieres que eso pase, pon medidas para impedirlo, regula la potencia, pon un parapeto, lo que haga falta, tú verás... ¿Que no sabes hacerlo tú mismo? Pues contrata a un jardinero. Mira, igual te denuncio yo por mojarme las sillas... Lou.
    [ Padre ]
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