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  • Re:El mismo que un bar

    (Puntos:4, Informativo)
    por crysys (5859) el Martes, 08 Febrero de 2005, 18:09h (#441459)
    ( http://barrapunto.com/ | Última bitácora: Miércoles, 20 Diciembre de 2006, 20:29h )
    ¿si tu te bajas una sesión de música de una discoteca, que no tiene homólogo editado por una discográfica, estas cometiendo un delito?

    No

    ¿Cometes un delito al compartir una sesión hecha por ti en tu casa, con tu mesa de mezclas y tus reproductores de CDs o platos?

    Menos y aún te diré más: si te bajas el último disco de U2 de la mula, lo planchas 4000 veces y se lo mandas a toda la panda de la SGAE con tu remite, no estas infringiendo la ley.

    No pienses ejemplos tan rebuscados, una cosa es lo que dice la ley y otra lo que los ladrones [www.sgae.es] quieren venderte. No hay ninguna sentencia en España que haya condenado a nadie por bajarse material de internet sin ánimo de lucro (esto es pasta, por si nos ponemos quisquillosos con el término). Ninguna.
    --
    Last train to trancentral
    [ Padre ]
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  • Re:El mismo que un bar

    (Puntos:4, Informativo)
    Menos y aún te diré más: si te bajas el último disco de U2 de la mula, lo planchas 4000 veces y se lo mandas a toda la panda de la SGAE con tu remite, no estas infringiendo la ley.

    Te equivocas (parcialmente). El *bajarse* algo, ya sea de la mula, de un torrent, o de cualquier otro sitio, es total y absolutamente legal. Lo que es ilegal es *distribuir* contenidos protegidos (esto es, planchar 4000 copias, o subir algún disco con el sello de una discográfica y el típico "se prohíbe la reproducción total o parcial" a la red).

    Con respecto a la radio, se aplica el mismo principio: bajar cosas es legal, subirlas (distribuir contenidos protegidos) no. Escuchar somafm es perfectamente legal y nadie te puede decir nada por ello; pero si pones en marcha un streaming de radio, que contenga alguna canción de algún socio de la SGAE, ahí ya puedes tener un problema.
    --
            _ Iván Sánchez Ortega "MR"
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     /
    [ Padre ]
  • por crysys (5859) el Miércoles, 09 Febrero de 2005, 09:42h (#441918)
    ( http://barrapunto.com/ | Última bitácora: Miércoles, 20 Diciembre de 2006, 20:29h )
    Este canon es de pago obligatorio por la ley

    Y dale con la ley. No existe esa ley, es un acuerdo privado entre dos entidades. Por favor, si tan seguro estás, búscalo en google y ponme el enlace al BOE, decreto ley, artículo de la constitución o lo primero que hable de canon con rango de ley del Reino de España.

    Mentira, tu no tienes derecho de distribucion sobre ese disco

    Cierto, como no tengo derecho a prestar un disco mio como bien informan en ellos (cito: "copying, hiring, lending, public perfomance and broadcasting") pero confundir ausencia de derecho con ilegalidad es una falacia. Tampoco tengo el derecho (ya que no consta en la ley como tal) de mear fuera de la taza del vater y no por ello es ilegal cuando lo hago.

    dejan de ser copias privadas para ser las famosas copias pirata.

    Tienes un concepto de la ley bastante alejado de lo que yo entiendo y lo que entienden los jueces de este país. El término "pirata", desconozco legalmente donde se recoge esa figura, supongo que lo utilizarás, cogido con pinzas, por la parte "ánimo de lucro Y perjuicio" de la LPI. Si es así, estas equivocado. Si no, cítame por favor el texto juridico en el que basas semejante afirmación (y tu interpretación)
    --
    Last train to trancentral
    [ Padre ]
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