Una matización más: el 9% ó 18% de IRPF es solo LA RETENCION que te hace el cliente de cada factura. Además de ello tienes que hacer la declaración anual del IRPF donde el porcentaje va a depender de lo que hayas ganado en el año menos lo que puedas deducir (gastos de operación: costo del ordenador, ADSL, luz, teléfono, viajes de trabajo y demás gastos deducibles). Así que depende de cuánto hayas ganado el porcentaje que tengas que pagar.
Re:Que oportuno!
(Puntos:1)